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89 tarjeta

Santo Domingo Oeste.- La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente solicitó tres meses de prisión preventiva contra tres damas apresadas en flagrante delito luego de intentar realizar compras en un colmado con 89 tarjetas del programa de ayuda y seguridad social Supérate.

La jueza Cecilia Toribio solicitó que las imputadas Leanding Cristal Mota Arias, Perla Massiel Pérez Germán y Crisleidy Toledo Mota cumplan la prisión preventiva en el Centro de correccion y rehabilitacion de mujeres Najayo, en la zona de San Cristóbal.

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Según la solicitud de medida de coerción, las imputadas fueron apresadas en flagrante delito cuando se dirigían a pagar compras con 89 tarjetas del programa Supérate, en una plaza ubicada en la autopista Duarte.

El Ministerio Público demostró que las tres damas estaban relacionadas con el objetivo de estafar al Estado dominicano, realizando compras gigantescas con la utilización de las tarjetas del programa de apadrinamiento permitido por el Poder Público a través de la Administradora de Subsidios Sociales (Adess).

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Entre las pruebas incautadas a la hora del episodio se encontraban: cuatro envases de leche, conteniendo seis unidades, y un envase conteniendo cinco unidades del rubro, para una suma de 29 cosas; 19 galones de aceite de 3,78 litros y 16 galones de 7. 37 litros; 4 caja de café expreso, con una suma de 20 cajas cada uno y 10 libres, siendo estos 89 cajas; 23 piernas de salame de 100 gramos, cuatro cajas de leche Carnation de 24 unidades, seis plátanos verdes, un fardo de camarones de 2 libras, un fardo de servilletas limpias, una caja de fresa de 450 gramos y dos artículos de plástico para juguetes de niños.

La investigación incoada a establece que hasta el momento 22 de 89 tarjetas relegadas al programa de subsidio del Estado no coinciden con los datos aparentes en el plástico.

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El Ministerio Público ha proporcionado las realidades descritas con la capacidad legítima de la relación de los ladrones, la obtención ilícita de los activos, la usurpación de la personalidad, la fabricación y la tergiversación, grave infracción de los artículos 265 y 266, del Código Correccional, y los artículos 5, 13, 14 y 17 del Reglamento 53-07, sobre Violaciones y Errores de Alta Innovación.

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