DGCP exhorta a alcaldes electos a solicitar suspensión de sus registros de proveedores
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) ha emitido un llamado a los funcionarios electos a cargos municipales para que, en caso de ser suplidores del Estado, soliciten la suspensión de su Registro de Proveedores del Estado (RPE) ante esta entidad.
Según lo establecido en el artículo 14 de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas, las autoridades municipales, como alcaldes, regidores, directores de juntas distritales y vocales, no pueden ser proveedores ni contratar con el Estado para suministrar bienes, obras y servicios a las instituciones gubernamentales.
En ese sentido, la DGCP llevará a cabo un cruce en su base de datos a partir de la toma de posesión de las nuevas autoridades municipales el próximo 24 de abril. El objetivo es identificar a aquellos funcionarios electos que se encuentren en situación de incompatibilidad y proceder con la suspensión de su registro como proveedores del Estado.
El director general de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel, destacó la importancia de esta medida en aras de contribuir a la transparencia y evitar conflictos de interés. Además, subrayó que la gestión de los procesos de compras por parte de las nuevas autoridades municipales debe realizarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (Portal Transaccional), plataforma de uso obligatorio para garantizar los principios de participación, transparencia y publicidad.
RECOMENDAMOS LEER:SENPA presenta 841 casos por violaciones ambientales al Ministerio PúblicoEs fundamental que los gobiernos locales cumplan con las normativas establecidas, ya que son evaluados a través del SISCOMPRAS, un indicador que mide el cumplimiento de la normativa mediante los registros en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
La DGCP reitera su disposición para acompañar a las autoridades electas en este proceso, ofreciendo asesoramiento y aclaraciones en caso de dudas o consultas, con el objetivo de garantizar que su actuación se enmarque siempre dentro de lo establecido por la Ley 340-06 y su reglamento de aplicación 416-23.
Este llamado de la DGCP refleja su compromiso con la transparencia y el cumplimiento de las normativas vigentes, promoviendo una gestión pública íntegra y responsable en beneficio de la ciudadanía.
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