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El Ministerio de Administración Pública (MAP) ha emitido un comunicado enfatizando la incompatibilidad de ciertos cargos electos con otras posiciones remuneradas en la Administración Pública, conforme a las disposiciones legales vigentes.

El ministro Darío Castillo Lugo destacó que aquellos servidores públicos elegidos para cargos municipales, como alcaldes, vicealcaldes, directores municipales, regidores o vocales, deben ocupar exclusivamente sus funciones en el ayuntamiento o distrito correspondiente a partir del mes de mayo. Esto implica que no podrán figurar en otras nóminas gubernamentales, excepto en el caso de la docencia.

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Según lo establecido en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, así como en la Constitución de la República Dominicana, estos cargos electos son considerados incompatibles con otras posiciones remuneradas en el sector público. Asimismo, la normativa prohíbe que los funcionarios públicos desempeñen más de un cargo remunerado, a menos que sea en el ámbito docente.

El MAP reiteró que estas disposiciones legales están respaldadas por la Ley 41-08 de Función Pública y la Ley 105-13 de Regulación Salarial del Estado Dominicano, que establecen claramente las prohibiciones relacionadas con la ocupación de múltiples cargos remunerados en la Administración Pública.

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En marzo, el Ministerio emitió la circular número 003583, recordando a todas las instituciones pertinentes sobre la incompatibilidad de funciones, especialmente en el contexto de la asunción de las nuevas autoridades municipales y las próximas elecciones congresuales.

Es fundamental que tanto los servidores públicos como las instituciones pertinentes cumplan con estas disposiciones legales para garantizar la transparencia y el buen funcionamiento de la Administración Pública en la República Dominicana.

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